Teoría de las Organizaciones y el Talento Humano en las Relaciones de Trabajo
Presentación: Contextualización en el derecho derecho laboral y seguridad social.
Siglas:
CST: Código Sustantivo de Trabajo.
CPTSS: Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social
IBS: Ingreso Base Salarial.
IBL: Ingreso Base de Liquidación.
IBC: Ingreso Base de Cotización.
RIT: Reglamento Interno de Trabajo
SST: Seguridad y Salud en el Trabajo
Derecho laboral Individual
El Derecho Laboral Individual regula la relación jurídica que surge entre el empleador y el trabajador a partir de la celebración de un contrato de trabajo. Su finalidad principal es proteger al trabajador como parte débil de la relación laboral y garantizar condiciones dignas y justas de trabajo.
Contrato Individual de Trabajo
- Concepto y elementos esenciales.
- Clases de contratos.
- Modalidades y duración.
- Obligaciones y prohibiciones de las partes.
- Terminación del contrato.
Salario
- Concepto.
- Factores salariales y no salariales.
- Salario mínimo.
- Pagos constitutivos y no constitutivos de salario.
Jornada de Trabajo y Descansos
- Jornada ordinaria y máxima legal.
- Trabajo suplementario y horas extras.
- Trabajo nocturno.
- Descanso dominical y festivo.
- Vacaciones.
- Prestaciones Sociales
- Cesantías.
- Intereses a las cesantías.
- Prima de servicios.
- Dotación.
Reglamento Interno de Trabajo
- Naturaleza jurídica.
- Contenido.
- Facultades disciplinarias del empleador.
- Obligaciones de empleadores y trabajadores.
Derecho colectivo laboral
El Derecho Colectivo regula las relaciones entre empleadores y organizaciones de trabajadores. Busca equilibrar las relaciones de poder mediante la asociación sindical y la negociación colectiva.
Sindicatos
- Derecho de asociación.
- Constitución y organización de sindicatos.
- Federaciones y confederaciones.
- Fuero Sindical
Negociación Colectiva
- Pliego de peticiones.
- Etapa de arreglo directo.
- Convención colectiva.
- Pacto colectivo.
- Contrato sindical.
- Conflictos Colectivos
- Naturaleza del conflicto colectivo.
- Procedimientos de solución.
Huelga
- Requisitos.
- Legalidad e ilegalidad.
- Efectos jurídicos.
Tribunal de arbitramento.
- Tramite
- Conformación.
- Laudo arbitral.
- Recurso de anulación.
Seguridad Social
La Seguridad Social es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos destinados a proteger a las personas frente a las contingencias que afectan su salud, capacidad laboral, ingresos o condiciones mínimas de existencia.
Sistema General de Pensiones
- Régimen de Prima Media.
- Régimen de Ahorro Individual.
- Pensión de vejez.
- Pensión de invalidez.
- Pensión de sobrevivientes.
- Prestaciones sustitutivas.
- Incapacidades.
Sistema General de Seguridad Social en Salud
- Estructura y funcionamiento.
- EPS e IPS.
- Plan de Beneficios en Salud.
- Incapacidades.
- Licencias de maternidad y paternidad.
Sistema General de Riesgos Laborales
- Accidente de trabajo.
- Enfermedad laboral.
- Prestaciones asistenciales.
- Prestaciones económicas.
Complementarios
- Subsidios
- Beneficios sociales.
Procedimiento laboral y de la seguridad social.
El Derecho Procesal Laboral regula los mecanismos judiciales para reclamar y garantizar los derechos derivados del trabajo y de la seguridad social. Actualmente tiene una especial relevancia con la expedición de la Ley 2452 de 2025, nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social en Colombia LEY No 2452 DEL 2 DE ABRIL DE 2025
Principios Procesales
- Oralidad.
- Inmediación.
- Concentración.
- Celeridad.
- Dirección judicial del proceso.
Sujetos Procesales
- Juez.
- Demandante.
- Demandado.
- Apoderados.
- Terceros intervinientes.
Actos Procesales
- Demanda.
- Contestación.
- Excepciones.
- Notificaciones.
Régimen Probatorio
- Carga de la prueba.
- Carga dinámica de la prueba.
- Documentos.
- Testimonios.
- Dictámenes.
- Pruebas de oficio.
Procesos Laborales
- Proceso ordinario.
- Proceso ejecutivo.
- Proceso monitorio.
- Procesos especiales.
Procesos Especiales de Derecho Colectivo
- Fuero sindical.
- Disolución y cancelación de sindicatos.
- Declaratoria de ilegalidad de la huelga.
- Arbitramento laboral.
Medidas Complementarias
- Medidas cautelares.
- Prescripción.
- Costas.
- Ejecución de sentencias.
Salario mínimo en Colombia vs. Salario vital.
Presentación: Salario mínimo en Colombia vs. Salario vital
Siglas:
SMMLV: Salario mínimo mensual legal vigente.
El salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) y el salario vital son conceptos relacionados con la remuneración del trabajo, pero responden a finalidades y alcances diferentes. Mientras el primero constituye una institución jurídica obligatoria establecida por el ordenamiento colombiano, el segundo representa un estándar socioeconómico orientado a garantizar condiciones materiales de vida digna para los trabajadores y sus familias.
En Colombia, el artículo 145 del Código Sustantivo del Trabajo dispone que todo trabajador tiene derecho a percibir un salario mínimo que le permita atender sus necesidades normales y las de su familia, en el orden material, moral y cultural. Asimismo, el artículo 53 de la Constitución Política consagra el principio de una “remuneración mínima, vital y móvil”, lo que significa que el salario debe preservar su capacidad adquisitiva y contribuir a garantizar la subsistencia digna del trabajador. Adicionalmente, la jurisprudencia constitucional ha señalado que el salario se encuentra estrechamente vinculado con el derecho al mínimo vital y con la protección de la dignidad humana.
Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) distingue entre el salario mínimo y el salario vital. El primero surge de mecanismos legales o de negociación colectiva destinados a proteger a los trabajadores frente a remuneraciones excesivamente bajas, tal como lo prevé el Convenio 131 de 1970 sobre fijación de salarios mínimos. Este convenio establece que la determinación del salario mínimo debe considerar tanto las necesidades de los trabajadores y sus familias como los factores económicos y productivos.
El salario vital, en cambio, ha sido definido por la OIT como el ingreso necesario para proporcionar un nivel de vida digno al trabajador y a su familia, teniendo en cuenta las condiciones particulares de cada país. Su cálculo incorpora variables como alimentación adecuada, vivienda, salud, educación, transporte y otros gastos necesarios para una vida digna. No constituye necesariamente un salario obligatorio por ley, sino un referente técnico y social para evaluar si el salario efectivamente garantiza bienestar y justicia social.
El salario mínimo constituye el piso jurídico obligatorio de remuneración, mientras que el salario vital representa el ideal de suficiencia económica que permite materializar plenamente los principios de dignidad humana, trabajo decente y justicia social promovidos por la Constitución colombiana y por la OIT. La diferencia entre ambos radica en que el primero protege contra salarios indebidamente bajos, mientras que el segundo busca asegurar una calidad de vida adecuada para el trabajador y su núcleo familiar.
Generalidades y antecedentes bíblicos e históricos del trabajo humano.
Presentación: Acepciones teológica de trabajo.
Aproximación del derecho al Trabajo
Desde la perspectiva teológica, el trabajo no debe entenderse únicamente como una obligación económica o un castigo, sino como una actividad esencial para la realización humana, la generación de riqueza y el desarrollo de la sociedad. Las referencias bíblicas permiten identificar tres elementos fundamentales:
1. El trabajo como vocación y función humana, presente desde la creación
2. El trabajo como medio de subsistencia y esfuerzo, necesario para satisfacer las necesidades individuales y familiares.
3. El trabajo como instrumento de administración, productividad y desarrollo, que exige responsabilidad y compromiso.
Estas concepciones constituyen antecedentes culturales y filosóficos que, con el paso del tiempo, influirían en la construcción del Derecho del Trabajo moderno, orientado a proteger la dignidad humana, garantizar condiciones laborales justas y reconocer el trabajo como un derecho y una obligación social..
Acepciones teológica de trabajo acepción
La concepción teológica del trabajo
Desde la tradición judeocristiana, el origen del trabajo se encuentra ligado a la creación misma del ser humano. El libro del Génesis relata que Dios creó el universo, los seres vivos y al hombre y la mujer a su imagen y semejanza, otorgándoles una función dentro de la creación.
Tradicionalmente se ha interpretado que el trabajo surgió como consecuencia de la desobediencia de Adán y Eva, cuando Dios les manifestó:
“Te ganarás el pan con el sudor de tu frente” (Génesis 3:19). Esta lectura presenta el trabajo como una actividad asociada al esfuerzo y al sacrificio humano.
Sin embargo, una interpretación más amplia del texto bíblico permite concluir que el trabajo no nació como castigo. Antes de la caída del hombre, Dios ya había previsto una función productiva para él. En Génesis se señala que no había quien labrara la tierra y posteriormente se establece que Dios colocó al hombre en el Jardín del Edén para que lo cultivara y lo cuidara. En consecuencia, el trabajo aparece como una actividad inherente a la naturaleza humana y orientada a la conservación y transformación del entorno.
El trabajo como previsión y administración de recursos
La Biblia también presenta el trabajo asociado a la planeación y al uso racional de los recursos. Un ejemplo es el sueño del faraón interpretado por José (Génesis 41), donde las siete vacas gordas representan siete años de abundancia y las siete vacas flacas simbolizan siete años de escasez. El mensaje central consiste en aprovechar las épocas de prosperidad para prepararse frente a futuras contingencias.
Esta enseñanza constituye uno de los primeros referentes históricos sobre la administración de recursos, el ahorro y la previsión económica, principios que posteriormente influirían en las instituciones de protección social y seguridad económica, en este aparte esta reflejada la seguridad social.
El trabajo como responsabilidad y productividad
Otra referencia importante es la Parábola de los Talentos narrada por Jesús en Mateo 25:14-30. En ella, un señor entrega a tres de sus siervos diferentes cantidades de dinero según la capacidad de cada uno: cinco talentos, dos talentos y un talento. Dos de ellos hacen producir lo recibido, mientras que el tercero lo oculta sin generar ningún beneficio.
La parábola resalta valores como:
- La responsabilidad frente a los recursos recibidos
- El esfuerzo personal.
- La productividad.
- La administración eficiente de bienes y capacidades.
- El deber de desarrollar los talentos individuales en beneficio propio y colectivo..